SBCC N° PE-L1268-P00551
SERVICIO DE SUPERVISIÓN DE OBRA, MOBILIARIO Y EQUIPAMIENTO DEL PROYECTO DE INVERSIÓN: “MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE FORMACIÓN DE PREGRADO EN LAS ESCUELAS DE INGENIERÍA DE SISTEMAS E INGENIERÍA MECATRÓNICA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE TRUJILLO, DISTRITO DE TRUJILLO, PROVINCIA DE TRUJILLO, DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD”, CON CUI N° 2517831
Proceso
Consultoría
Publicación
27 feb. 2026
Estado
En proceso
Fecha de la reunión virtual
4 mar. 2026
11:00 a. m.
Acceso a la reunión virtual
COMUNICADO
¡Ya tenemos! Mesa de partes virtual UE118
Ya puedes presentar tus documentos de manera 100% virtual a través de la página web institucional de la Unidad Ejecutora 118.
Ingresa a la sección "Mesa de Partes Virtual", completa el formultario, carga tus documentos y envíalos de forma rápida y segura.
Atentamente
Unidad Ejecutora 118
Aviso Importante
Los procesos de selección que desarrolla esta Unidad Ejecutora y que se llevan a cabo en el marco de los Contratos de Préstamo N° 4555/OC-PE y N° 5729/OC-PE, se ciñen a los siguientes cuerpos normativos:
· Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo, GN-2349-15 (Mayo de 2019)
· Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo, GN-2350-15 (Mayo de 2019)
En dicho contexto, entre los Principios Básicos de Adquisiciones se encuentra el principio de INTEGRIDAD que requiere que todas las partes que participan en los procesos de adquisiciones se ciñan a los máximos estándares de ética y se abstengan de incurrir en “Prácticas Prohibidas” que comprenden: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas; y (vi) apropiación indebida.
Por tanto, se invoca a los participantes a observar los más altos niveles éticos y denunciar todo acto sospechoso que pueda constituir una Práctica Prohibida, del cual tenga conocimiento o haya sido informado durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato.
Presentación hasta
SBCC N° PE-L1268-P00551
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En dicho contexto, entre los Principios Básicos de Adquisiciones se encuentra el principio de INTEGRIDAD que requiere que todas las partes que participan en los procesos de adquisiciones se ciñan a los máximos estándares de ética y se abstengan de incurrir en “Prácticas Prohibidas” que comprenden: (i) prácticas corruptas; (ii) prácticas fraudulentas; (iii) prácticas coercitivas; (iv) prácticas colusorias; (v) prácticas obstructivas; y (vi) apropiación indebida.
Por tanto, se invoca a los participantes a observar los más altos niveles éticos y denunciar todo acto sospechoso que pueda constituir una Práctica Prohibida, del cual tenga conocimiento o haya sido informado durante el proceso de selección y las negociaciones o la ejecución de un contrato.
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